Aprueban cambios en Ley de Manejo del Fuego rechazados por ruralistas
El proyecto que prohíbe la venta y cambio de uso de tierras incendiadas por un plazo de entre 30 a 60 años. Afecta la propiedad y pone en riesgo la producción agricola y ganadera, dicen los ruralistas.
El Senado de Argentina convirtió en ley -con 41 votos a favor, 28 en contra y una abstención- el proyecto que modifica la Ley de Manejo del Fuego, con el objetivo de prohibir la venta y cambio de uso de tierras incendiadas por un plazo de entre 30 a 60 años, para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.
La iniciativa, de autoría del titular del bloque del Frente de Todos en Diputados, Máximo Kirchner, recibió el apoyo del oficialismo en la Cámara alta y el rechazo de Juntos por el Cambio, que lo tildó de “inconstitucional” y presentó una moción durante el debate -que fue rechazada- para que el proyecto vuelva a comisiones.
El proyecto establece que «no se podrá cambiar el uso» de las zonas afectadas por los incendios «para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino» que tenían al momento del incidente por un plazo de 60 años para los bosques y 30 años para zonas agrícolas.
Al abrir el debate, la miembro informante por el oficialismo, la titular de la comisión de Legislación General de la Cámara alta, Ana Almirón, advirtió que “este es un tema sumamente urgente” ya que este año los incendios forestales afectaron más de 900.000 hectáreas, en 22 provincias. «Hay que repensar el accionar del fuego, el medio ambiente y el cuidado de la naturaleza”, agregó.
En tanto, la senadora de Juntos por el Cambio y titular de la comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Gladys González, criticó el texto del proyecto, al señalar que “va en contra del principio de no regresividad”. “Establece plazos de 30 y 60 años para proteger ecosistemas que ya están protegidos a perpetuidad. Es una ley de enormes indefiniciones y esto hace que sea inaplicable», cuestionó.
En el mismo sentido, la senadora del PRO, Laura Rodríguez Machado, indicó: “a este proyecto lo van a declarar inconstitucional, no resiste análisis ante los tribunales”. “El derecho de propiedad no se puede coartar por otra ley, la intencionalidad de los incendios no se puede adivinar y prohibir al dueño que haga otra cosa con su campo”, completó.
El proyecto consta de 4 artículos y modifica la Ley 26.815 de Manejo del Fuego para establecer que «no se podrá cambiar el uso de esas zonas para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio».
Ese uso no podrá ser modificado por el término de 60 años para que «los bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales» tengan garantizadas las «condiciones para la restauración de las superficies incendiadas».
Críticas ruralistas
Antes de la aprobación, la Comisión de Enlace de Entidades Agropecuarias publicó un comunicado en contra argumentando que la ley “pone en riesgo” a la producción agrícola y ganadera en todo el país.
“A pesar de que ya existe una Ley de Manejo de Fuegos, este proyecto modificatorio pone en riesgo seriamente la actividad productiva agrícola-ganadera en todo el país. En efecto, prohíbe por el término de treinta (30) años desde su extinción cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio”, destacó la Comisión.
“Esta prohibición se da independientemente de que los incendios sean provocados o accidentales. Cabe aclarar, además, que esta nueva prohibición se aplica a las superficies con bosques implantados o nativos, sumando nuevas restricciones a las ya existentes en la ley de bosques”.
En el comunicado, Coninagro, CRA, Federación Agraria y la Sociedad Rural dijeron que “estas restricciones afectan gravemente el derecho de propiedad y son aplicadas incluso a aquellos individuos que no son culpables de estos incendios por tratarse de hechos accidentales o causados por dolo eventual o animoso de un tercero”.
“Da por asumida, de este modo, la culpabilidad individual del propietario del campo, afectando la garantía constitucional de presunción de inocencia, condenando de antemano al productor de manera prejuiciosa, quien además de haber perdido su capital de trabajo o sus inmuebles por estos hechos debe enfrentar una condena por un evento sobre el cual no tiene responsabilidad alguna”, subrayó la CEEA. (Noticias AgroPecuarias)
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