“Brucelosis Bovina”: Plazos para la determinación obligatoria del estatus sanitario
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria recordó los plazos convenidos para la realización de la “Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario” en los rodeos que realizan reproducción. Aquellos establecimientos con más de 300 vacas, tienen tiempo hasta el 31 de julio para efectuar las tareas diagnósticas y hasta el 30 de noviembre, los que poseen hasta 300 animales.
A partir de las fechas mencionadas, los establecimientos ganaderos que no hayan presentado la DOES ante el SENASA, movilizarán su hacienda con destino a faena o remates feria con la leyenda “no Apto China”, hasta tanto cumplan con esta determinación obligatoria.
Con la finalidad de facilitar esta actividad a los productores de cría y ciclo completo, el SENASA actualizó a principio de 2021, la Resolución 67/2019 del organismo, que creó el Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina. Mediante esta actualización, se ofreció una alternativa más amplia para realizar la DOES de manera estratificada y a través de un muestreo, para los rodeos de cría y ciclo completo.
El avance en el proceso de identificación de rodeos infectados y la eliminación de los animales positivos, permitirá reducir la presencia de la brucelosis bovina en el país, las pérdidas económicas asociadas y sobre todo, contribuir al resguardo de la salud pública por tratarse de una enfermedad transmisible a las personas.
Para más información, se puede consultar en la página web o comunicarse con la Mesa de ayuda del Plan de Brucelosis bovina al teléfono (011) 4121 5410 o al correo electrónico brucelosisbovina@senasa.gob.ar
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